Aguinaldo 2026 · México

¿Cuánto aguinaldo te toca?

Por ley son mínimo 15 días de salario y deben pagártelo antes del 20 de diciembre. Si no trabajaste todo el año, o ya no trabajas ahí, te toca la parte proporcional. Calcula tu aguinaldo, el ISR y lo que te queda libre.

  • Art. 87 LFT
  • Cuenta regresiva al 20 de diciembre
  • Sin registro ni anuncios
Lic. José Ángel López Cuéllar
Una herramienta deLic. José Ángel López CuéllarAbogado laboral
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1 Tu año de trabajo

¿Cuándo empezaste?

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3 Tu resultado

Tu aguinaldo 2026 · estimación neta

$5,633.71

15 días de salario por el año completo. Calculado como si siguieras trabajando hasta el 31 de diciembre.

58

Faltan 58 días para el 20 de diciembre de 2026, fecha límite para que te paguen.

Salario diario
$400.00
Días que te tocan
15de 15 por año
Aguinaldo bruto
$6,000.00
Exento de ISR
$3,519.30hasta 30 UMA
Parte gravada
$2,480.70
ISR estimado
$366.29
Te queda libre (estimación)
$5,633.71

Art. 87 LFT · Art. 93, fr. XIV y art. 96 LISR · UMA diaria $117.31

  • El patrón debe pagarlo antes del 20 de diciembre de 2026 (art. 87).
  • Hasta $3,519.30 (30 UMA) está exento de ISR; se grava el excedente (art. 93, fr. XIV LISR). Tu patrón puede retener un poco menos si usa el método del art. 174 del Reglamento.
  • Si no te lo pagan, tienes un año para reclamarlo (art. 516). Antes de demandar debes acudir al Centro de Conciliación.
Que un abogado revise mi aguinaldo

Estimación orientativa con los mínimos de la Ley Federal del Trabajo. El ISR real depende de cómo lo calcule tu patrón y de tus demás ingresos del mes. Lee el aviso de descargo de responsabilidad.

Qué dice la ley

Aguinaldo de los trabajadores del apartado A (art. 87 de la Ley Federal del Trabajo).

Mínimo15 días
Fecha límite20 dic
Exento de ISR30 UMA
Para reclamar1 año
  1. Mínimo 15 días de salario. Tu contrato individual o colectivo puede darte más, nunca menos (art. 87).
  2. Antes del 20 de diciembre. El patrón puede pagarlo antes, pero no después (art. 87).
  3. Proporcional. Si no trabajaste el año completo te toca la parte proporcional, sigas o no trabajando ahí (art. 87).
  4. Con salario en efectivo. Se calcula con tu salario diario ordinario, no con el salario integrado.
  5. ISR. Está exento hasta 30 UMA; sobre el excedente se retiene ISR (art. 93, fr. XIV LISR). Con salario mínimo no se retiene (art. 96 LISR).
  6. Tienes un año para reclamarlo, contado desde el día siguiente en que debió pagarse (art. 516). Antes de demandar, debes acudir al Centro de Conciliación.

@soyabogadolaboralmx · López Cuéllar Abogados, S.C.

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Léelo antes de tomar cualquier decisión con base en el resultado.

Datos y selección bajo responsabilidad del usuario. El resultado se basa exclusivamente en los valores capturados y las opciones seleccionadas por el usuario. Cualquier error en la captura o en la selección de opciones puede producir un resultado erróneo y es responsabilidad exclusiva del usuario. Calcula mi Liquidación hace operaciones aritméticas; el resultado no es asesoría jurídica, opinión legal, dictamen ni cálculo oficial.

  1. No es una autoridad. Esta herramienta es privada. No es un juzgado, tribunal, Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, centro de conciliación local, Procuraduría de la Defensa del Trabajo ni ninguna otra autoridad. El resultado no obliga a tu patrón ni a ninguna autoridad y no sustituye un convenio, una resolución ni una sentencia.
  2. Lo que procede depende de tu caso. Que te corresponda o no una indemnización, la prima de antigüedad, los 20 días por año o los salarios vencidos depende de los hechos, de las pruebas y de lo que resuelva la autoridad. Los salarios vencidos y los 20 días por año se muestran como supuestos, no como montos asegurados.
  3. Lo que no considera. No incluye prestaciones superiores a la ley ni las de un contrato colectivo, comisiones, horas extra, bonos, PTU, fondo de ahorro, descuentos de INFONAVIT o FONACOT, pensión alimenticia, préstamos ni pagos que ya hayas recibido. Usa parámetros oficiales cargados para 2024 a 2026 según el año de salida. El ISR es aproximado: la retención real la calcula tu patrón conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  4. Los plazos corren. Usar esta herramienta no detiene ni interrumpe ningún plazo. En un despido tienes dos meses para presentar tu solicitud de conciliación (art. 518 LFT). Si rescindiste la relación laboral por causas previstas en el artículo 51 LFT, tienes treinta días contados desde que conociste la causa (arts. 52 y 517, fr. II LFT); presenta tu solicitud de conciliación dentro de ese mismo plazo. No esperes al último día.
  5. No crea una relación abogado-cliente. Usar la app o escribirnos por WhatsApp no te convierte en cliente ni nos obliga a llevar tu asunto. La relación profesional solo existe cuando se firma un contrato de prestación de servicios.
  6. Responsabilidad. En la medida en que la ley lo permite, López Cuéllar Abogados, S.C. y Soy Abogado Laboral no responden por las decisiones que tomes con base únicamente en este resultado, como firmar un finiquito, renunciar, aceptar un convenio o dejar de reclamar. Antes de firmar o reclamar, pide que un abogado revise tu caso.
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Última actualización: 19 de octubre de 2026.